Abogados de herencias Donostia San Sebastián

Aceptar una herencia en Gipuzkoa requiere reunir una serie de documentos que permitan acreditar el fallecimiento, quiénes son los sucesores y cuál es el título por el que se produce la sucesión.

Pero en Euskadi hay una cuestión jurídica especialmente importante: las herencias no deben analizarse únicamente desde el Código Civil. En el País Vasco existe un Derecho civil propio, regulado principalmente por la Ley 5/2015, de 25 de junio, de Derecho Civil Vasco.

Esta normativa contiene reglas específicas sobre sucesiones y se aplica a las personas que tienen vecindad civil vasca. Cuando no existe una norma o costumbre foral aplicable, el Código Civil opera como derecho supletorio. Es decir, el Código Civil no sustituye al Derecho Civil Vasco, sino que lo complementa en aquello que no esté regulado por la normativa vasca.

Por eso, antes de aceptar una herencia en Donostia, Gipuzkoa o cualquier otro lugar de Euskadi, conviene estudiar tanto la documentación como la normativa sucesoria que resulte aplicable.

¿Qué documentos necesito para aceptar una herencia?

La documentación puede variar según exista testamento, pacto sucesorio o escritura pública de aceptación o partición.

Con carácter general, estos son los principales documentos que conviene reunir.

1. Certificado de defunción

El primer documento es el certificado de defunción de la persona fallecida.

Acredita oficialmente el fallecimiento y será necesario para realizar diferentes trámites relacionados con la herencia.

Puede obtenerse a través del Registro Civil, incluyendo las correspondientes certificaciones del Registro Civil.

2. Certificado de Últimas Voluntades

El certificado de últimas voluntades permite conocer si la persona fallecida otorgó testamento y, en su caso, ante qué notario.

Es un documento fundamental para continuar con la tramitación de la herencia.

Tener una copia de un testamento antiguo no significa necesariamente que sea el último otorgado. Por eso es importante solicitar el certificado de últimas voluntades y comprobar cuál fue el último testamento.

3. Testamento, si existe

Si el fallecido otorgó testamento, habrá que obtener una copia autorizada o la documentación correspondiente del testamento que resulte aplicable.

En Euskadi, además, el contenido del testamento debe analizarse teniendo en cuenta la Ley de Derecho Civil Vasco cuando sea aplicable.

La Ley 5/2015 regula cuestiones sucesorias propias del Derecho Civil Vasco, incluyendo las formas de suceder, la sucesión legal y los derechos de determinados sucesores.

4. Pacto sucesorio, si existe

El pacto sucesorio es especialmente relevante en Euskadi.

La Ley de Derecho Civil Vasco permite disponer de bienes mortis causa mediante pacto sucesorio y establece que estos pactos deben otorgarse en escritura pública.

Por ello, cuando existe un pacto sucesorio, no debe analizarse la herencia como si únicamente existiera un testamento.

Hay que comprobar el contenido del pacto y sus efectos sobre los bienes y derechos que forman parte de la sucesión.

5. Libro de familia o documentación que acredite el parentesco

Cuando no existe testamento ni pacto sucesorio, será necesario acreditar quiénes son las personas llamadas a la herencia.

En estos casos puede ser necesario aportar el libro de familia o la correspondiente certificación del Registro Civil.

La documentación de la Hacienda Foral de Gipuzkoa contempla precisamente el libro de familia, junto con el certificado de defunción y el certificado de últimas voluntades, cuando no existe escritura pública de aceptación o partición ni testamento o pacto sucesorio.

¿Qué ocurre si no hay testamento?

Si no existe testamento ni pacto sucesorio, habrá que determinar quiénes son los sucesores conforme a las reglas de sucesión legal que correspondan.

En el caso del Derecho Civil Vasco, la Ley 5/2015 establece sus propias reglas de sucesión legal.

Para los bienes no troncales, la Ley establece un orden sucesorio en el que aparecen los hijos o descendientes; después, el cónyuge viudo o miembro superviviente de la pareja de hecho; posteriormente los ascendientes y, finalmente, determinados parientes colaterales.

Esto demuestra por qué no conviene aplicar automáticamente las reglas generales del Código Civil español a una herencia en Euskadi.

Primero hay que determinar qué normativa civil resulta aplicable y, a partir de ahí, identificar a los sucesores.

¿Qué documentos necesito si hay una vivienda heredada?

Cuando la herencia incluye una vivienda, un local, un garaje o cualquier otro inmueble, además de la documentación sucesoria conviene reunir la documentación del propio inmueble.

Entre ella puede encontrarse:

  • Escritura de propiedad.
  • Datos registrales de la finca.
  • Referencia catastral.
  • Recibos del IBI.
  • Información sobre posibles cargas o hipotecas.
  • Documentación relativa a otros titulares, si existen.
  • Información sobre el valor del inmueble.

Esta última cuestión es especialmente importante.

Antes de aceptar, repartir o adjudicar una vivienda heredada puede ser conveniente conocer cuál es su valor real de mercado.

Una valoración profesional permite conocer el valor del inmueble y facilita posteriormente la toma de decisiones entre los herederos.

¿Es lo mismo aceptar la herencia que repartirla?

No necesariamente.

La aceptación de la herencia y la posterior partición y adjudicación son cuestiones relacionadas, pero pueden requerir actuaciones diferentes.

Una herencia puede estar aceptada y, posteriormente, proceder los herederos a realizar la partición y adjudicación de los bienes.

Cuando existen varios herederos y especialmente cuando hay inmuebles, conviene analizar previamente las diferentes posibilidades de reparto.

Por ejemplo, puede plantearse que:

  • Un heredero se adjudique la vivienda.
  • Varios herederos mantengan el inmueble en proindiviso.
  • Se venda la vivienda y se distribuya el importe.
  • Se realice una compensación económica entre los herederos.

La solución adecuada dependerá de las circunstancias concretas de cada herencia.

¿Y si hay deudas?

Una herencia no está formada únicamente por bienes.

También pueden existir deudas y obligaciones del fallecido.

En el Derecho Civil Vasco, el heredero responde de las obligaciones del causante, de los legados y de las cargas hereditarias hasta el valor de los bienes heredados en el momento de la delación.

Esta limitación de responsabilidad está prevista directamente por la Ley 5/2015 de Derecho Civil Vasco y debe distinguirse del régimen de aceptación a beneficio de inventario regulado por el Código Civil.

Por ello, cuando existe una herencia con deudas, es importante conocer previamente tanto los bienes como las obligaciones que forman parte de la sucesión y analizar qué régimen jurídico resulta aplicable.

Esta regulación es una de las diferencias que conviene tener en cuenta al tramitar una herencia en Euskadi, ya que no deben trasladarse automáticamente a una sucesión sujeta al Derecho Civil Vasco las reglas previstas con carácter general en el Código Civil.

La situación concreta dependerá de las circunstancias de cada herencia y de la normativa civil que resulte aplicable.

¿Qué papel tiene el Código Civil en una herencia en Euskadi?

Esta es una de las cuestiones que más dudas genera.

La Ley 5/2015 establece que, cuando no exista ley o costumbre foral aplicable, regirá como derecho supletorio el Código Civil y las demás disposiciones generales.

Por tanto, en una herencia en Euskadi hay que seguir este orden de análisis:

1. Determinar qué Derecho civil resulta aplicable.

2. Aplicar la Ley de Derecho Civil Vasco cuando corresponda.

3. Acudir al Código Civil como derecho supletorio cuando exista una laguna que deba cubrirse.

Además, hay que tener en cuenta la vecindad civil, porque la propia Ley 5/2015 establece que el Derecho Civil Vasco se aplica a quienes tengan vecindad civil vasca.

Por tanto, no basta con que una persona viva actualmente en Gipuzkoa para determinar automáticamente qué Derecho sucesorio resulta aplicable. La vecindad civil y las circunstancias concretas de la sucesión deben ser analizadas.

¿Qué impuestos hay que tener en cuenta en Gipuzkoa?

La aceptación y adjudicación de una herencia también tiene consecuencias fiscales.

En Gipuzkoa debe analizarse el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y la normativa tributaria foral aplicable.

La documentación y los trámites fiscales dependerán de las características de la herencia, del parentesco, de los bienes recibidos y de las circunstancias concretas de los sucesores.

Cuando existen inmuebles, además, es importante conocer correctamente su valoración y estudiar las consecuencias fiscales tanto de la propia herencia como de una posible venta posterior.

Por eso, la valoración de una vivienda heredada no debería plantearse únicamente como una cuestión inmobiliaria: puede formar parte de la planificación global de la herencia.

Documentación básica: resumen

Como orientación general, si vas a tramitar una herencia en Gipuzkoa, conviene comprobar si dispones de:

  • Certificado de defunción.
  • Certificado de últimas voluntades.
  • Testamento, si existe.
  • Pacto sucesorio, si existe.
  • Libro de familia o documentación que acredite el parentesco cuando sea necesario.
  • Escritura de aceptación o partición, cuando ya se haya otorgado.
  • Escrituras y documentación de los inmuebles.
  • Información registral y catastral.
  • Información sobre cuentas bancarias y otros bienes.
  • Información sobre posibles deudas, cargas o hipotecas.
  • Documentación necesaria para la liquidación de los impuestos correspondientes.

No todas las herencias requieren exactamente los mismos documentos. La documentación necesaria dependerá de las circunstancias concretas de cada sucesión.

Herencias en Donostia y Gipuzkoa

Una herencia con vivienda, local, garaje u otros inmuebles puede requerir analizar simultáneamente cuestiones jurídicas, fiscales y de valoración.

En Ortubia ayudamos a las familias en Donostia y Gipuzkoa a organizar la documentación de la herencia, analizar los inmuebles incluidos en el patrimonio hereditario y conocer su valor de mercado.

Realizamos valoraciones inmobiliarias profesionales teniendo en cuenta las características del inmueble y los precios reales de operaciones cerradas, y no únicamente los precios anunciados en Internet.

Esto puede ser especialmente útil cuando varios herederos necesitan conocer el valor de una vivienda para decidir cómo repartirla, adjudicarla o plantear una futura venta.

Si tienes una herencia en Gipuzkoa y no sabes exactamente qué documentación necesitas, qué pasos debes seguir o cómo valorar los inmuebles incluidos en ella, conviene analizar el caso concreto antes de tomar decisiones.

Ortubia: gestión de herencias, asesoramiento jurídico y valoración profesional de inmuebles en Donostia y Gipuzkoa.